Facturar trabajos a particulares
6 seguidores
Hola,
si me pongo a hacer books, videobook y web a particulares: modelos, actores, etc... ¿cómo facturais esto?. Ellos no pueden retenerme el IRPF y yo siempre he trabajado para empresas, vamos es que algunos ni están dados de alta en la SS.
Estoy haciendo una web para anunciarme con este tipo de servicios y me gustaría tener claro antes de poner precios.
Gracias,
webfordesigners
Hola!
Haces factura sin retención (ya lo pagarás cuando toque) y con IVA.
Si no son empresa (o autonomo) la factura no la necesitan para mucho mas que para contabilidad y garantía. Lo que tu tienes que hacerla igual y presentarla trimestralmente igual, como te digo con IVA sin IRPF.
te sirve?
Santi
la gata Plus
Sí, pero mi duda es , si tengo que cambiar mi forma en la que estoy como IRPF, porque yo declaraciones trimestrales de IRPF no hago. Entonces iría yo misma a abonar mi IRPF, ¿no?.
Otra duda es, si haces una web con servicios tipo paypal, considerando tu trabajo como una venta, me refiero a imagenes de archivo y cosas así. En ese caso no haces factura a un NIF o CIF, ¿es como si no facturases?.
Me contaron de unos chicos q vendían geometrías 3D a través de una web y cobraban via PAYPAL y se quedaban todo. Me parece muy raro porque en PAYPAL a partir de 2.800 € te piden el nif .
Gracias
roselopez
Lo de paypal puede ser un chanchullo particular de quién te lo contó.
Las facturas a empresas y a particulares son iguales, aplicas el IVA como a cualquier hijo de vecino y marchando. Habla con cualquiera que expenda facturas, una tienda o similar, verás como son.
Héctor
Hay que facturar siempre..., no facturar es ilegal, así de claro..., después cada uno se aguanta su vela...
ponchi
Cuando facturas a una persona física la tienes que hacer sin retención, cuando hagas la renta la declaras, y con IVA, que lo pagas trimestralmente con el resto de la factura.
la gata Plus
Gracias, esa era mi duda, que ellos no pueden hacerme la retención. Pero creo que hay que hacer declaraciones trimestrales de irpf también... aparte de las de iva.
De todas formas hablando de que no facturar es ilegal, los fisios, y demás terapeutas no te sueltan una factura ni a tiros. Creo que hay una modalidad que haces un estimado mensual y pagas un fijo, ¿no?. Imagino que será así como están ellos, algo declararán, para poder alquilar un piso o comprar algo a plazos.
ponchi
Hay una opción de tributar por modulo, que mas o menos funciona como has dicho, oeri creo que no en todos las actividades no puedes acogerte, de todas formas, aunque pagues por modulos te tienen que hacer la factura
Raimon
Hola,
La declaración trimestral de IRPF, según tengo entendido, va a cuenta de aquello que tú has cobrado y no te han retenido (por la razón que sea). Esta declaración no estás obligado a hacerla si sobre el 70% o más de tus ingresos se practica retención.
Por otro lado, está la notificación de las retenciones que tú estás practicando a otros profesionales y proveedores, que quizá también va en esa misma declaración (un poco al estilo de la del IVA, que el soportado resta y el devengado suma), pero eso ya se me escapa.
Saludos,
Raimon