¿Cómo facturar a una empresa extranjera?
10 seguidores
Hola,
Recientemente he realizado un trabajo para una empesa de Austria, y ahora al hacer la factura me han surgido unas dudas. A ver si alguien me puede ayudar:
- La factura la tengo que emitir sin IVA ni IRPF, ¿es correcto no?
- ¿Tengo que darme de alta en algo en hacienda para poder facturar?
- ¿Tengo que declarar algún IVA o algo en el 303 o en alguna otra declaración?.
Un saludo y gracias por adelantado.
polimorfico
No tienes que aplicar IVA si se cumplen dos condiciones:
- tu cliente es una empresa o profesional de cualquier país de la UE y
- ambos estáis dados de alta en el registro de operadores intracomunitarios (algo que puedes hacer en la AEAT).
En caso contrario, siempre tiene que aplicar el IVA español.
Nunca tienes que aplicar IRPF cuando facturas a un cliente fuera de España.
Por si te es de utilidad, he escrito un pequeño artículo donde lo cuento todo con un poco más de detalle: http://getquaderno.es/blog/como-aplicar-el-iva-en-las-facturas-a-clientes-de-la-union-europea/
Usuario desconocido
Héctor
Pues yo no es que sea ninguna experta y al único país extranjero que he facturado es Italia, pero tanto la propia empresa como el gestor me insistieron en que ni IVA ni IRPF, e Italia está en la UE, obviamente... No sé si habrá algún caso extraño concreto en el que haya que poner IVA, pero por lo que me dijeron en su momento en la gestoría, una factura a una empresa extranjera no lleva IVA jamás.
kaax Staff
Yo os puedo hablar por experiencia...
Trabajo para agencias estadounidenses y a ellas les paso facturas sin IVA ni reducción de IRPF. Las declaro trimestralmente como ingresos internacionales (eso lo hace mi gestor) y luego a final de año hacienda me da el palo en la renta XD.
No puedes cobrar el IVA porque son impuestos que no les pertoca y por otro lado, no te pueden hacer la reducción del IRPF porque ellos no tienen que pasar cuentas en España.
En Europa, según el país varia...es importante consultar los convenios.
Había un PDF que te decia los pactos con hacienda de cada país...si lo encuentro os lo paso.
hector_2
Vaya lio..., jeje
A mi me acaba de pasar, tengo que facturar a una empresa fuera de la UE, y me informado por diferentes medios y unos me dicen una cosa y otros otra, que sin IVA, que con IVA, que dandote de alta, que no hace falta, hasta la semana que viene que en la agencia tributaría me informen de esta desinformación..., ya contaré...
ana_molina
THEWELLTIME
En tu caso porque no, cual es tu caso
diego_lorenzo
Cuando vuelva a Ourense me paso por allí a ver que me dicen y ya os comento.
Saludos
nicosh
Diego Lorenzo
Pregunta y cuéntanos, porque a mi me dijeron que era necesario y de hecho estoy facturando así.
diego_lorenzo
Jajaja, vaya jaleo, preguntaré en Hacienda entonces.
Saludos y gracias
thewelltime
Infórmate bien en Hacienda. A mí un inspector, que vino a mi domicilio tras solicitar el registro en intracomunitarios, me dijo que en mi caso no era necesario hacer ese trámite.
diego_lorenzo
nicosh
Muchas gracias, esto es lo que no sabía, me tendré que dar de alta entonces como operador intracomunitario y rellenar el 349 en la próxima trimestral.
Saludos
nicosh
Efectivamente la factura la tienes que emitir sin IVA y sin retención por IRPF.
Supuestamente para hacer esto te tienes que darte de alta en el registro de operadores intracomunitarios. Muy sencillo en www.aeat.es, con certificado digital.
Además trimestralmente tienes que presentar el modelo 349, me parece, en el que se detalla a qué empresas europeas has facturado sin IVA. No olvides que en el 303 hay una casilla en la que se incluye las cantidades de las facturas sin IVA
Usuario desconocido
Diego Lorenzo
Ya te han contestado... Yo no sé muy bien cómo va lo del 303 porque a mí me lo hace todo un gestor y aparte yo normalmente facturo como traductora/redactora y hago las facturas sin IVA. Justo estos días al hacer la declaración el gestor me comentaba que de las facturas hechas a empresas extranjeras hacienda no tiene ningún dato, pero, como dice THEWELLTIME, hay que ponerlo en la declaración anual.
diego_lorenzo
THEWELLTIME
Justo es eso lo que necesitaba saber, gracias.
Saludos
thewelltime
Dado que no emites IVA, no tienes que declararlo en el 303, pues el 303 es el referente a IVA. Sí lo declararás como ingreso en tu renta anual.
diego_lorenzo
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¿Y luego a la hora de hacer el 303 la tenías que meter la factura o no?.
Gracias y un saludo.
Usuario desconocido
Yo estuve una temporada facturando para una empresa italiana y por lo que me dijo el gestor en estos casos hay que hacer simplemente las facturas como siempre, pero sin IVA ni IRPF, sin darse de alta de nada más especial.
diego_lorenzo
Con lo de darme de alta me refiero a darme de alta en algún epígrafe especial de Hacienda o algo así, dado de alta de autónomos ya estoy jajaja y llevo todo legal y declaro todos mis trabajos y demás.
Saludos y gracias.
jesushr
Bueno, me imagino que esa empresa austriaca es para la misma para la que yo he currado en tres o cuatro ocasiones... jejejeje
La factura tal y como has dicho: sin IVA y sin IRPF.
Decirte que yo no me he dado de alta, ni nada por el estilo y no he tenido mayores problemas. Evidentemente si te pillasen pues tendrías que pagar, pero sé que unos cuantos lo hemos hecho ya así y no ha habido problemas hasta ahora. Si quieres ser legal del todo tendrías que darte de alta como autónomo un mes y declarar dicha factura. No creo que exista vía alternativa.