Emitir factura por premio de un concurso
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Hola a todos!
Hoy me he quedado algo pasmada cuando los titulares de una web, en la cual gané un concurso por un logotipo, me han remitido un email que, en resumidas cuentas, dice esto:
Para poder hacerte el ingreso necesitamos que nos emitas una factura con los siguientes datos por el importe total del premio.
¿Esto es lícitio? Y si lo es, ¿Tengo que darme de alta para poder cobrar el premio y además pagar el IVA?
Ayuda!
dem Mod
No te olvides de declararlo luego en la renta, si haces declaración.
chio_romero
Muchas gracias dem!
Si, eso tenía pensado hacer, que visto lo visto se me queda en 246 €. Se te quitan las ganas de presentarte a nada, vaya.
dem Mod
Fran Rosa
Es que tiene toda la pinta de que es así, has ganado un "concurso" en una de esas páginas en las que el cliente pide un logo y le presentan 5mil propuestas, no Chio??
Sobre la factura, emitela sin darte de alta, con IVA pero sin retención. Al no considerarse tu trabajo habitual y no superar los 3mil €, con eso vale.
...
chio_romero
Lo que más claro me ha quedado de lo que he leido por ahí es esto:
Matiz: si es UNA ÚNICA colaboración esporádica...
Si fuesen dos o más, respecto del IVA, legalmente no hay escapatoria. Otra cosa es que si no se superan (por cliente) los 3.000 euros (IVA incl.) al no declararse en el 347, se pueda trampear.
Según la actividad (NO es de aplicación a TODAS las situaciones), si el volumen de facturación no supera el SMI, al no poder presuponer habitualidad, no se estaría en la obligación de cotizar por autónomos.
En todo caso, e independientemente de que no se sea "autónomo" de cara a la SS, SÍ se debe tener en cuenta que son ingresos por "actividades económicas" de cara al IRPF. Y eso obliga a un alta censal (modelo 036 o 037), y la repercusión de IVA (en la mayoría de casos).
Las facturas deben ser facturas normales y corrientes, como las de cualquier otro profesional persona física: nombre, dirección, NIF, fecha, num. referencia, la palabra "factura", identificación del cliente, descripción de la operación, base imponible, tipo de IVA,....
Vaya, que tendré que darme me alta solo para hacer la factura ¿no?
fran_rosa
Chio Romero, por lo que comentas, el total de la factura que emitas, incluyendo el IVA, debe ser el premio del concurso. O sea que si el premio es X, no tienes que facturar X + IVA, sino que cobres Y + IVA = X.
De todas maneras me parece un abuso que un concurso exija de la facturación del premio. Una cosa es un concurso público en que se presentan presupuestos y alguien se lleva la contratación (con su factura y su todo, claro), que un concurso en el que se tenga que presentar el trabajo acabado (concursos especulativos) y encima el premio haya que facturarlo. Pero igual alguien más entendido puede informarte mejor.
chio_romero
Acabo de leer esto:
FACTURACIÓN
Todos los precios que aparecen en la web son con Iva incluido. El diseñador ganador del concurso, tras el envío del logotipo al cliente, ha de remitirnos una factura válida, en ella deberán de incluir los conceptos legales de su país sobre el premio ganado.
Osea, ¿No tengo que descontar el IVA en la factura?
fran_rosa
Chio Romero, depende de las condiciones del concurso.