Recibo de colaboración
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Hola:
a ver si alguno me podeis ayudar un poco con el tema, resulta que hago habitualmente trabajos "extra" para una empresa, ellos me pagaban en B pero yo quiero hacerlo de forma legal y ya que no soy autonomo la unica manera que hemos encontrado es lo que llaman recibo de colaboración.
bien, el tema es saber un poco si conoceis esta forma de facturar, se que hay que meter un 15% de IRPF y que digamos que es la unica alternativa legal para facturar sin ser autonomo.
pero es realmente legal? puede perjudicarme de alguna forma a mi a la hora de hacer la declaración?
gracias
soso_caustico
Tengo entendido que puedes hacerte auntónomo aunque tengas un contrato.
laeti
Hablo sin saber, pero igual (que no estoy segura tmpc) si lo pasan como bonus, os viene bien a todos.
y si no, otra cosa es contrato por obra y servicio, que no les cuesta nada de nada a la empresa... pero no sé en qué medida se podría cumular esto ademas del contrato que ya tienes.
srvespucci
no puedo darme de alta para un dia por que yo ya tengo un contrato y un trabajo etc.
sabe alguien alguna otra manera legal de cobrar a mis clientes?
nahui
yo tengo entendido que cada vez que se realiza un intercambio comercial, sea cual sea se está obligado a declararlo ante hacienda dentro de la modalidad correspondiente..
si es esporadico te puedes dar de alta un día, facturar y darte de baja al siguiente día... eso me lo recomenadaron ahí .. los de hacienda..
soso_caustico
Yo lo he hecho alguna vez y te digo que no lo hago más. Hacienda no perdona y luego vienen las sorpresas.