Copyright de los contenidos en Internet
Hola doméstikos,
Os pongo en situación, yo soy administrador de un portal dedicado a un importante equipo de la primera división de fútbol en España.
Tenemos un foro con varios miles de usuarios donde se comenta a diario todo lo que sucede alrededor del club.
Por otra parte, existe una web, un subportal del diario ABC, que a modo informativo sigue toda la actualidad del club con noticias entrevistas y reportajes.
En nuestro foro, se publican de vez en cuando entrevistas o noticias de ese portal. Yo insisto siempre en que citen la fuente, para verificar su veracidad y no tomar como propia información que no lo es. Hasta ahí creo que hago lo correcto.
Resulta que el "jefe" de ese portal está mosqueado con nuestro sitio porque según él le "copiamos" información. Repito, lo que hacen nuestros usuarios es coger una noticia o entrevista de ese sitio, la ponen en un topic y al final de la misma la firman con un "elportalquesea.com", es decir, citan la fuente.
Aquí mis preguntas, ¿es esto correcto y legal? Hasta donde tengo entendido, siempre que cites la fuente no estás cometiendo ningún delito ¿verdad? Es necesario además de citar la fuente, poner esta cita como enlace al sitio?, es decir, poner www.elportalquesea.com ? Pueden denunciarnos por plagio o copia de información?
Al parecer en los próximos días vamos a tener "noticias" de este portal y quiero asesorarme para manejarme con una base "legal" en cuanto a estos temas.
Saludos, gracias
gerardus
Gracias dagi, a mi también me viene muy bien :)
dagi3d
ley de propiedad intelectual:
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/Lpi.html
albertobdc
Gracias dagi3d, ¿de donde está tomado ese artículo?
dagi3d
que yo sepa sólo se permite copiar el contenido de manera íntegra, obligando a indicar la fuente, si el texto tiene una licencia creative commons o similar.
si no, creo que la ley de la propiedad intelectual tan sólo permite el derecho a cita, es decir, que tan sólo se reproduzca una parte de este texto y obliga a incluir la fuente y el autor del texto:
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Artículo 32. Citas y reseñas
Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico, fotográfico figurativo o análogo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis comentario o juicio crítico.
Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.
Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revistas de prensa tendrán la consideración de citas.
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vamos, que así a priori la están liando en tu portal...