¿Tengo derecho legal a reclamar los diseños realizados en la empresa en la que trabajé?
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Hola a todos. Hace poco dejé de trabajar en la empresa en la que estaba, y no me dio tiempo a enviar mis trabajos a mi correo para tenerlos. Mi jefe me dijo que él me los enviaría y no me dejó usar el ordenador para hacerlo yo, así que acepté (de mala gana). Ahora resulta que tengo que ir detrás de él para que me los envíe y me dice que tiene que consultar con Dirección si se me pueden enviar los trabajos. ¿Eso es legal? Osea, yo los hice, ¿Acaso no tengo derecho ni siquiera a tenerlos? Por favor cualquier ayuda me sería útil, me gustaría saber si tengo alguna forma legal de reclamar lo que yo he hecho. Gracias de antemano.
soymichael87 Plus
Hola a todos!
Sé que esto es un tema antiguo (muy antiguo), pero cuando estudié diseño gráfico, estudiamos también temas de derechos de autor. Además, la página que indica @rmherrero no existe actualmente (error 404), por lo que os comento lo que estudié en su día (siempre hablo de la legislación en España).
Aquí hay que hacer una clara división de los tipos de derechos que hay. Por un lado, están los derechos comerciales y por otro lado están los derechos morales.
Los derechos comerciales son aquellos que te permiten explotar una obra y poder obtener un rédito económico. Aquí se incluyen los derechos tanto los derechos de propiedad intelectual y de derecho industrial que ha comentado @marianaeguaras. Estos derechos, además pueden cambiar de poseedor mediante contratos o traspasos. Además, son los derechos que tienen una vigencia determinada que depende de la legislación de cada país (por ejemplo, hasta los 70-80 años después de la muerte de quien tenga los derechos).
Sin embargo, los derechos morales son atribuibles a quien hizo el trabajo. En este caso, siempre corresponde con la persona que lo realizó, independientemente de si lo hizo bajo el paraguas de una empresa, como freelance, etc. Estos derechos, además son intransferibles, por lo que nunca, en ningún caso, estos derechos morales no pueden pasarse ni siquiera a esta empresa paraguas (ni siquiera por contrato), y ademas, nunca caducan. Una obra de Goya, será siempre de Goya, una obra de Lorca, siempre será de Lorca.
Por ejemplo, trabajas como empleado para la editorial XXX. Tú, como diseñador, posees los derechos morales de la obra y estos derechos no te los puede quitar ni tu propia empresa, mientras que los derechos de explotación comercial sí los tiene la empresa para la que trabajas. Esta empresa, puede ceder los derechos de explotación al cliente mediante el contrato que tenga con el cliente, y ponerle los requisitos de explotación e incluidos los editables opcionalmente, pero siempre bajo un contrato.
Al tener el diseñador los derechos morales, el diseñador sí tiene derecho a tener una copia de su trabajo, siempre y cuando no comercialice con ella y que, además el tener esa copia o los editables, no produzca un perjuicio a la empresa y/o poseedor de los derechos comerciales. Por ejemplo, el diseñador no puede utilizar los editables para contactar con el cliente y realizar posteriores cambios o mejoras (esto sería actuar de mala fe en contra de la empresa mostrando deslealtad, aunque la empresa paraguas se lo merezca o no, que eso es ya otro debate) u obtener una copia en físico pagada por la propia empresa. Es decir, en el mismo ejemplo anterior, el diseñador de la editorial puede y tiene el derecho a tener una copia de su trabajo (incluido los editables) y si quiere una copia de su trabajo física, en este caso, un libro, debe pagarlo él. Solamente la empresa le podrá dar una copia física si por ejemplo, se han impreso más copias de lo que se debía, o son copias defectuosas que irían a la basura, etc. Es decir, un coste que no estaría atribuido a dar una copia al diseñador y además, sin estar obligado a dárselo. Es decir, se lo puede dar por "caridad".
Además, el diseñador, al tener los derechos de la obra moral, tiene totalmente el derecho a mostrarlo en un portfolio. Eso sí, siempre debe indicar que ese trabajo lo hizo para un cliente y bajo una empresa. Son dos conceptos que hay que dejar siempre claro. Por lo que si alguien sube un portfolio a una web, plataforma, etc. estos datos sí son obligatorios.
rmherrero
Pues hay quien piensa lo contrario...
https://www.minimizan.com/el-copyright-en-el-diseno-grafico/
¿Alguien de leyes que nos lo aclare?
pier_alessi
Pienso que lo complicado aquí es diferenciar el derecho al "uso", es decir, su aplicación y difusión preestablecida respetando los elementos visuales y otra el derecho a modificar y explotar descontroladamente estos elementos sin el consentimiento del diseñador. Cuando se compra imágenes en stock se paga según derechos de explotación, esto se debe calcular en el briefing, sino cualquier cliente pudiese decir que es solo para algo "sencillito y de poco alcance" cuando el diseño se usará por todos los medios.
monika_2293
En el contrato figuraba como "administrativa", así que con lo que me habéis dicho presupongo que tengo derecho a reclamarlos porque tampoco el contrato era el adecuado. ¡Gracias por vuestra ayuda!
einstein Mod
Exactamente. Si bien la legislacion puede cambiar de un pais a otro ligeramente, el resultado es el mismo: cuando trabajas para otro existe lo que se llama "principio de subordinacion", que significa que trabajas para otra persona o empresa y ella es la unica propietaria de los derechos de autor de los archivos. Unicamente si en el contrato se hubiera establecido algo diferente se podria reclamar algo. Pero eso suele pasar cuando se contrata un diseñador freelance, siendo empleado no es lo normal.
Pero atención, que el mismo principio rige cuando haces un diseño como freelance para un cliente. Si no especificas en el contrato que el diseñador conserva los derechos de autor, se considera que estas trabajando para el cliente, que el cliente paga por el diseño y por ende, tiene todos los derechos de autor, de uso y goce del producto por el cual pagó. Y no hay nada que puedas hacer después, si no estaba escrito explicitamente antes. Eso es comun que ocurra cuando el cliente pide los archivos originales, con el consiguiente peligro potencial que se vaya con otro diseñador. Entonces, el que hizo el trabajo se hace fuerte y toma los archivos como rehenes para evitar que el cliente se vaya: "Yo los hice, yo tengo el derecho de autor, y si los quieres tendras que pagarme una buena pasta". Bueno, en realidad, legalmente no es asi. Lo hizo, es verdad, pero no por cuenta propia (como un artista que dibuja un cuadro por inspiracion personal) sino por encargo de otro, que ademas le pagó por ello. Si le cobró demasiado barato para captarlo, o le cobró poco porque esperaba seguir recibiendo mas trabajos, o la razon que fuera, no es un argumento juridico. La proxima vez, cobra el precio real, o despues no te pongas a hacer rabietas. Si el cliente paga, tiene la propiedad, uso y goce del archivo, y tienes la obligacion de entregarle todos los archivos originales, en alta calidad. De lo contrario, seria un delito de apropiacion indebida y las consecuencias pueden llegar a ser graves. Finalmente, no puedes pretender cobrarle por segunda vez lo que ya le cobraste. La unica solucion es dejarlo establecido ANTES
linton
Efectivamente te han pagado por esos trabajos, y suyos son. Yo cuando he trabajado de fotógrafo para alguna empresa ni he pensado en utilizar esas fotos, aunque las tengo todas: son de la empresa, me pagaron por ellas.
marianaeguaras
Desde el punto de vista del derecho de autor, que es lo que al final estás reclamando, habría que ver qué dice el contrato. Por lo general, cuando se trabaja para una empresa sucede lo que ha explicado @esmerocreativo
Además, hay que ver si las creaciones están bajo la ley de propiedad intelectual o la de propiedad industrial (el primero no necesita de registro, el segundo sí), ya que pertenecen a derechos diferentes (uno civil y el otro mercantil).
tonescapel
@monika_2293 el único recurso que te quedaría sería si tu contrato no especificara que tus funciones son de diseño. En algunas empresas es común dar de alta a diseñadores como administrativos; en ese caso todos esos trabajos que quieres recuperar no deberían existir y puedes presionar con eso. En cualquier otro caso lo tendrías complicado, me temo, porque depende de la buena fe de la empresa y no parece que haya intención.
esmerocreativo
No estoy muy puesto en el tema, pero si como empleada te pagan tu sueldo, el trabajo realizado en la empresa no es tuyo, sino de la empresa, y si mal no recuerdo puedes guardarte solo copias no editables con el consentimiento tácito de la empresa o de tu superior.