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Problema legal con mi portfolio personal

55 55 Respuestas Miércoles 23 de septiembre, 2009
  • Avatar de victor suarez victor suarez Registrado desde 20/01/09 / Número de posts: 149
    hola,
    me ha surgido el mismo problema, y en el caso de mi ex-empresa invocan el articulo 51 de la propiedad intectual:

    Artículo 51. Transmisión de los derechos del autor asalariado.

    1. La transmisión al empresario de los derechos de explotación de la obra creada en virtud de una relación laboral se regirá por lo pactado en el contrato, debiendo éste realizarse por escrito.

    2. A falta de pacto escrito, se presumirá que los derechos de explotación han sido cedidos en exclusiva y con el alcance necesario para el ejercicio de la actividad habitual del empresario en el momento de la entrega de la obra realizada en virtud de dicha relación laboral.

    3. En ningún caso podrá el empresario utilizar la obra o disponer de ella para un sentido o fines diferentes de los que se derivan de lo establecido en los dos apartados anteriores.

    4. Las demás disposiciones de esta Ley serán, en lo pertinente, de aplicación a estas transmisiones, siempre que así se derive de la finalidad y objeto del contrato.

    5. La titularidad de los derechos sobre un programa de ordenador creado por un trabajador asalariado en el ejercicio de sus funciones o siguiendo las instrucciones de su empresario se regirá por lo previsto en el apartado 4 del artículo 97 de esta Ley.


    en funcion de esto:

    Artículo 48. Cesión en exclusiva.

    La cesión en exclusiva deberá otorgarse expresamente con este carácter y atribuirá al cesionario, dentro del ámbito de aquélla, la facultad de explotar la obra con exclusión de otra persona, comprendido el propio cedente, y, salvo pacto en contrario, las de otorgar autorizaciones no exclusivas a terceros.

    Asimismo, le confiere legitimación, con independencia de la del titular cedente, para perseguir las violaciones que afecten a las facultades que se le hayan concedido.

    Esta cesión constituye al cesionario en la obligación de poner todos los medios necesarios para la efectividad de la explotación concedida, según la naturaleza de la obra y los usos vigentes en la actividad profesional, industrial o comercial de que se trate.


    tengo algo que hacer como autor? debería tener derecho a mostrarlo que como autor he realizado aun siendo asalariado, no? no quiero comerciar con los trabajo, simplemente usarlos en mi portfolio, he respetado el citar a la agencia y al cliente pero aun asi me reclaman que los quite?
    alquien de leyes por aqui?
    Y no olviden supervitaminarse y mineralizarse
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    Publicado hace 3 años
  • Avatar de Subversion de luxe Subversion de luxe Registrado desde 09/06/06 / Número de posts: 624
    "derechos de explotación" no es igual a "propiedad intelectual". La propiedad intelectual de una obra no se pierde porque cedas los derechos de explotación y es lo que te legitima a poder enseñar tu trabajo dónde y cómo te dé la gana.

    Todo diseñador cede sus derechos de explotación de sus trabajos en el momento en el que recibe un dinero por ellos. El derecho de explotación de una imagen corporativa es que el que la ha pagado la puede usar según lo que se ha acordado en el contrato. La propiedad intelectual sigue siendo del creador de la obra. No puedes venderla a otro cliente pero sigue siendo tuya.
    www.belbosck.com
    Publicado hace 3 años
  • Avatar de ponchi ponchi Registrado desde 03/10/07 / Número de posts: 579

    Subversion de luxe

    "derechos de explotación" no es igual a "propiedad intelectual". La propiedad intelectual de una obra no se pierde porque cedas los derechos de explotación y es lo que te legitima a poder enseñar tu trabajo dónde y cómo te dé la gana.

    Todo diseñador cede sus derechos de explotación de sus trabajos en el momento en el que recibe un dinero por ellos. El derecho de explotación de una imagen corporativa es que el que la ha pagado la puede usar según lo que se ha acordado en el contrato. La propiedad intelectual sigue siendo del creador de la obra. No puedes venderla a otro cliente pero sigue siendo tuya.


    Creo que estás mezclando cosas dentro de la propiedad intelectual existen varios derecho, por un lado está el derecho de explotación (que el titular decide cómo y donde usarlo) y por otro el de autor, que es irrenunciable, y que establece que se debe citar al autor pero no que este pueda usar la obra cómo quiera y cuando quiera, si no tiene los derechos
    http://www.nestudiografico.com
    http://www.behance.net/nestudiografico
    Publicado hace 3 años
  • Avatar de victor suarez victor suarez Registrado desde 20/01/09 / Número de posts: 149
    el problema viene a la hora de subir los trabajos a mi portfolio en internet, ahi es donde no quieren que aparezcan, pero realmente es el único modo de mostrar el trabajo a agencias que no son de mi entorno. No sé si como autor tengo derecho a mostrarlos, o el hecho de haber cedido los derechos de explotación me lo prohíbe.
    Y no olviden supervitaminarse y mineralizarse
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    Publicado hace 3 años
  • Avatar de Subversion de luxe Subversion de luxe Registrado desde 09/06/06 / Número de posts: 624
    @Ponchi como autor tienes derecho a mostrar tu obra, no a utilizarla,. pero sí a mostrarla.

    P.e. Eres Miquel Barceló y vendes un cuadro a un particular. Quieres exponerlo. Pues el propietario del cuadro deberá dejártelo. El cómo y dónde seguramente vendrá especificado en el contrato y probablemente habrá restricciones. Pero ninguna de ellas será que una foto de TU cuadro no la vas a poder poner en tu portfolio. Sólo faltaría!
    www.belbosck.com
    Publicado hace 3 años
  • Avatar de tavolucas tavolucas Registrado desde 20/10/10 / Número de posts: 1
    Un debate muy interesante sobre este tema se esta desarrollando aqui:
    http://www.300puntos.info/2010/11/a-debate-mostrar-o-no-mostrar-los-trabajos-encargados-por-otros/
    Diseñador Web en Granada
    Publicado hace 2 años
  • Avatar de RU3EN RU3EN Registrado desde 03/02/09 / Número de posts: 53
    Cuanto más te dicen: "te voy a denunciar" más se nota lo cutre que es la empresa.
    Igualmente creo que colocando tus responsabilidades en ese trabajo y los créditos del mismo no deberías tener problema.
    En el aviso legal puedes poner algo del estilo siguiente: (es de un forero de Domestika, desde aquí las gracias, no recuerdo su nombre sorry).

    La página web ------ tiene como motivo la autopromoción y no busca el beneficio comercial ni la explotación de los elementos que hay en la misma sino que dichos elementos son la representación gráfica de las habilidades y aptitudes que se quieren destacar como autor de las obras expuestas.
    Todos los trabajos son mostrados aquí al amparo de los derechos irrenunciables sobre propiedad intelectual. En todos los trabajos exhibidos se definen sin ambigüedades los autores y colaboradores de las obras asi como los derechos de autor correspondientes a las mismas, todo ello en búsqueda de la mayor transparecia posible y con el objetivo de respetar al máximo los derechos de todos los implicados en cada proyecto.



    En la 1º agencia donde trabajé me dijeron lo mismo que a vosotros:
    : "No se te ocurra ir a otras agencias con MIS TRABAJOS, no serás el primero al que denuncie".
    Jamás denunciaron a nadie, siempre lo decían, pero no se de ninguno que le denunciaran. Es más, suelen ser empresas cutres asi que si ellos van a malas les dices:"Tranquilo, si me denuncias a mi por derechos de autor, hago que venga una inspección de trabajo, estarán encantados de saber que hay 2 personas sin contrato, otras 3 contratadas por debajo de su categoría y que no tienes legal ni uno solo de los programas que utilizas"

    Si de todas formas mantienes el acojone, hay varias formas "cutres" de esquivar lo que comentais:
    1º: Ábrete un portfolio nuevo, con una nueva dirección. Tardarán meses en encontrarlo y con suerte encontrarás trabajo antes de que ellos encuentren tu portfolio.
    2º: Pon "usuario" y "contraeña" en el portfolio. Esto ya ha sido comentado por otros foreros como jaumeAV , es fácil de hacer.

    Publicado hace 2 años
  • Avatar de fatalphlow fatalphlow Registrado desde 27/10/08 / Número de posts: 160
    Siempre puedes hacer un enlace "secreto" en tu propia web con estos trabajos de agencia y que no sean visibles publicamente. Cuando envies mail a empresas para solicitar trabajo, les indiques de que link se trata...y contornas el problema! Aunque este tipo de situación me parece mezquina de la parte de una empresa...Oviamente si todos tus trabajos de protfolio los tienes con ellos, mi idea no vale..entonces tendrias un portfolio oculto :/

    Y sino, no se yo, puedes pensar en ver un abogado...A veces (y a menudo) vale la pena ir a juicio para defender derechos y los que amenazan suelen ser de los que no van hasta el final de los juicios ( perro ladrado muerde poco)...

    Sino en horabuena, el portfolio esta muy bien
    Publicado hace 2 años
  • Avatar de anderwork anderwork Registrado desde 15/12/10 / Número de posts: 3
    Un momento... vale que tengas los derechos morales pero creo que éstos no te permiten la difusión pública.
    Publicado hace 2 años
  • Avatar de victor suarez victor suarez Registrado desde 20/01/09 / Número de posts: 149
    En cuanto mi problema, ya está " solucionado". Supongo que es como suelen terminar estas cosas, los dos tenemos nuestros derechos, y a ninguno nos interesa enzarzarnos en una pelea legal, a mi por lo menos no y a ellos creo que tampoco. Así que la cosa no ha ido más lejos.
    Gracias por los comentarios. Un saludo
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    Publicado hace 2 años
  • Avatar de dem dem Registrado desde 28/04/03 / Número de posts: 2129
    Y al final qué has hecho, Víctor? Los has puesto en tu portfolio o no?
    ...
    _______________________________
    Portfolio - Camisetas - Libros infantiles
    Publicado hace 2 años
  • Avatar de jaumeAV jaumeAV Registrado desde 22/01/04 / Número de posts: 2299
    Si... Solucionado que significa??
    Publicado hace 2 años
  • Avatar de victor suarez victor suarez Registrado desde 20/01/09 / Número de posts: 149
    significa dejarlo correr, vamos que mejor no menearlo mucho.
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    Publicado hace 2 años
  • Avatar de jaumeAV jaumeAV Registrado desde 22/01/04 / Número de posts: 2299
    si bueno... pero tu has podido poner tus curros o no??
    Publicado hace 2 años
  • Avatar de victor suarez victor suarez Registrado desde 20/01/09 / Número de posts: 149
    sí, ahi están pero no los muevo tanto publicamente como me gustaría.
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    Publicado hace 2 años
  • Avatar de jaumeAV jaumeAV Registrado desde 22/01/04 / Número de posts: 2299
    sin animo de ofender...

    eso es una gilipollez...

    Si los has puesto, es porque no te pueden hacer que los quites... asi que puestos estan.. por lo tanto, muevelos tanto como quieras! No seas tonto, q nadie hace favores a nadie, y tu has trabajado para ello y para poder mostrar tus trabajos. Dales el credito a donde lo hayas hecho y listos.

    en serio, no seas tonto y muevelos tanto como necesites.
    Publicado hace 2 años